
El pasado martes 27 de enero, el Consejo de Ministros aprobó el proceso de regularización extraordinaria de extranjeros para este 2026. Se estima que más de medio millón de personas podrán obtener sus papeles gracias a esta reforma del Reglamento de Extranjería.
Esta medida se implementará mediante la modificación de la Disposición Transitoria 5ª y la creación de la Disposición Transitoria 6ª. A continuación, te explico de forma sencilla cómo puedes beneficiarte según tu situación actual.
1. Si eres Solicitante de Asilo
Los solicitantes de protección internacional están incluidos en este proceso. Si es tu caso, estos son los requisitos:
- Fecha clave: Haber solicitado asilo antes del 31 de diciembre de 2025.
- Presencia: Debes encontrarte físicamente en España.
- Conducta: No tener antecedentes penales ni policiales, y no representar una amenaza para la seguridad o salud pública.
- Legalidad: No tener prohibida la entrada ni estar bajo compromiso de retorno.
- Tasa: Haber realizado el pago de la tasa correspondiente.
¿Qué conseguirás? Una autorización de residencia de un año. Además, desde que se admite a trámite tu solicitud, tendrás un permiso provisional para trabajar.
2. Si te encuentras en Situación Irregular
Si no has solicitado asilo pero vives en España, puedes acogerte a la Disposición Transitoria 6ª cumpliendo lo siguiente:
- Haber llegado a España antes del 31 de diciembre de 2025.
- Tener al menos 5 meses de permanencia en España al momento de presentar la solicitud.
- Cumplir con los requisitos de antecedentes penales y el pago de tasas.
- Estar en uno de estos supuestos:
- Tener una oferta de empleo o haber trabajado en España.
- Convivir con hijos menores escolarizados o hijos mayores con discapacidad.
- Vivir con tus padres.
- Acreditar situación de vulnerabilidad (bastará con demostrar la situación irregular).
3. Beneficios Especiales para tu Familia
Uno de los puntos más importantes de esta regularización 2026 es la protección a la unidad familiar:
- Hijos menores: Puedes solicitar para ellos una autorización de 5 años. Se eliminan las barreras anteriores: no importa si nacieron en España o no, y no se exigen medios económicos ni informe de vivienda.
- Cónyuge o padres: Podrán solicitar un Arraigo Social sin necesidad de cumplir los 2 años de permanencia previa.
- Protección jurídica: Si tienes un procedimiento de expulsión abierto por estancia irregular, este se suspenderá automáticamente al presentar tu solicitud de regularización.
⚠️ AVISO IMPORTANTE: Esta información se basa en el borrador actual. El texto definitivo se publicará pronto y podrían existir pequeños ajustes.
Fechas clave para tu calendario:
Inicio de solicitudes: Se prevé que el plazo abra en abril de 2026.
Fecha límite: Tienes hasta el 30 de junio de 2026 para presentar tu expediente. No lo dejes para el último día.
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